Esta categoría de visados es para personas que deseen permanecer en España por un periodo máximo de 3 meses por motivos de trabajo (firma de un contrato, etc.). Este tipo de visados no permiten llevar a cabo actividad profesional alguna.
El solicitante puede ser requerido para que aporte pruebas de que su solicitud cae bajo esta categoría.
Estimados solicitantes, Agentes de Viaje y Representantes, sírvanse leer con detenimiento las nuevas tasas y otros costes vigentes :
Duración | Tasas en ILS |
---|---|
Negocios | 361.50 ILS |
Menores de edad, de entre 6 y 12 años | 180.80 ILS |
El precio citado ha de ser pagado en efectivo.
Advertencia: La exención de la tasa para los menores de edad solo está prevista en caso de solicitud de visado de corta duración, siempre que el menor de edad tenga menos de seis años al tiempo de la entrega de la solicitud.
Coste por el uso de BLS International Services
Las solicitudes presentadas en el Centro de Solicitud de Visados para España tendrán un coste por el servicio de ILS 69 a abonar en efectivo. Los menores de 6 años están exentos del pago.
Advertencia:
Por favor, tenga en cuenta que, desde el 4 de agosto de 2016 y por instrucción recibida de la Embajada de España "la lista de verificación " deben estar debidamente cumplimentadas por el solicitante, agente de viajes o persona autorizada y tiene que presentarse junto con la solicitud de visado. Tenga en cuenta que es obligatorio proveerla y que esta instrucción es aplicable para todo Jerusalem.
Por favor, siga los puntos mencionados a continuación:
El formulario de solicitud de visados Schengen.
El formulario de solicitud del visado Schengen original ha de ser debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante con tinta azul. Deben adjuntarse al formulario de solicitud 3 fotografías recientes (de 35-45 mm) en la que figure el solicitante sobre fondo blanco. El formulario de solicitud debe ser cumplimentado correctamente, facilitando toda la información solicitada en el formulario, incluyendo la dirección postal, la dirección de correo electrónico y un número de teléfono.
Tenga en cuenta que a partir del 1 de abril de 2013, la Embajada de España ha dado instrucciones sobre la obligatoriedad de adjuntar una declaración jurada en el momento de la presentación del formulario de solicitud de visados. La solicitud puede ser presentada personalmente o por una persona autorizada en el Centro de BLS International Services, en la Embajada de España o en el Consulado General de España (mediante cita previa)
Si la solicitud se presenta directamente en la Embajada de España en Jerusalén, la tasa ha de pagarse mediante giro bancario pagadero en Jerusalén a favor de la Embajada de España o el Consulado de España en Jerusalén, de conformidad con el lugar en el que se haya entregado la solicitud. En el dorso del giro, el solicitante debe escribir su nombre, fecha de nacimiento y número de pasaporte. Junto a la solicitud, ha de presentarse una fotocopia del giro.
En el pasaporte del solicitante debe haber, al menos, dos páginas en blanco, y ha de ser válido, al menos, tres meses después del fin de la estancia prevista. Este documento no puede tener una fecha de expedición de más de diez años. Han de ser presentadas fotocopia de todas las páginas del pasaporte.
Igualmente, el Consulado de España en Jerusalén, puede requerir que se presente fotocopia de todas las páginas (incluyendo las páginas en blanco) del pasaporte en vigor y también del primer pasaporte o pasaporte anterior.
En caso de que el menor de edad (menor de 18 años) está acompañado por alguno de los padres, debe ser presentada una declaración jurada de no objeción.
Igualmente, ha de presentarse dos fotocopias del impreso de solicitud y dos fotografías (35-45 mm) recientes del solicitante para Jerusalén,
Además, el solicitante ha de incluir una carta de presentación, explicando en detalle el objeto de la visita. Todas las cartas deben incluir detalles de las personas que lo acompañe, es decir, miembros de la familia, amigos o socios de negocios que viajen con el mismo propósito que el solicitante.
Para visitar a familiares o amigos se requiere:
Igualmente, han de incluirse los extractos de las cuentas bancarias personales originales del solicitante que cubran los últimos 3 meses para la Embajada de España en Jerusalén, con el sello original y la firma o firma autorizada del banco. No se aceptarán los extractos de las cuentas bancarias en internet. Se trata ésta de una directiva de obligado cumplimiento.
Nota: para el Consulado General de España en Jerusalén, el saldo mínimo de cierre en los extractos de cuentas bancarias personales debe ser equivalente o superior a 589,68 Euros por persona y por un período mínimo de estancia. Para estancias más largas, los solicitantes deben mostrar un suplemento de aproximadamente 65,52 € por día por solicitante.
También, ha de incluirse las declaraciones de impuestos sobre la renta de los últimos tres años. En el caso de no haber realizado ninguna declaración sobre la renta, es necesario presentar una carta de explicación.
Las nóminas de los últimos seis meses.
Una prueba de seguro de viaje con una cobertura mínima de 30.000 euros que cubra
todos los gastos en los que se pudiera incurrir en relación con la repatriación por
razones médicas, atención médica de urgencia y / o atención hospitalaria de
urgencia. El seguro deberá ser válido para el territorio de los estados miembros de
la Unión Europea. La duración de la cobertura del seguro debe incluir todo el
período de estancia y los quince días siguientes a contar desde la fecha prevista de
salida del territorio Schengen.
Se informa a los solicitantes de que solo se aceptarán los seguros médicos de viaje
emitidos por algunas compañías de seguros. Sin embargo, los solicitantes pueden
obtener este seguro en cualquier otro país en el que las demandas contra la compañía
de seguros puedan obtenerse en un estado de Schengen.
Han de incluirse las reservas de avión
Cualquier otro documento que el solicitante considerare conveniente y que apoye su solicitud
El formulario de autorización firmado en original por el solicitante en favor de BLS International Services
Los solicitantes de visados de un grupo familiar deben presentar prueba de la existencia de vínculos familiares con el solicitante principal, mediante documentos que se aportarán junto a la solicitud de visado, por ejemplo:
Para el/la esposo/a: Certificado de matrimonio
Para los menores: Certificado de nacimiento
En el momento de su presentación, BLS International aceptará fotocopias del documento tras verificarlas con el original. Sin no se puede presentar el original, ha de presentarse fotocopia del mismo, legalizado ante notario público. (Este requisito sólo es aplicable para el oeste y el sur de la jurisdicción a la que pertenece el Consulado General de España en Jerusalén)
En las solicitudes de visados de un grupo familiar y con respecto a los documentos presentados junto a la solicitud de visado (como el certificado de matrimonio o el certificado de nacimiento), solo se admitirán aquellos que se encuentren redactados en idioma inglés o los traducidos al español.
Advierta que si los documentos se encuentran en una lengua regional, deben ser traducidos al inglés o al español por un instituto de idiomas con el sello oficial y la firma del instituto de traducción o agencia.
No se aceptarán los documentos mencionados (como por ejemplo el certificado de nacimiento o el certificado de matrimonio) en lenguas regionales.
Advertencia: Sentimos no poder aceptar aquellas fotografías que no se ajusten a los requisitos siguientes
Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 6 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:
Las solicitudes presentadas en el Centro de Solicitud de Visados para España se entregarán al día siguiente (laborable) en la Embajada de España o Consulado General de España. Una vez presentada la solicitud, se podrá requerir al solicitante documentación adicional. Nótese que, según las instrucciones recibidas por la Embajada de España, el plazo mínimo de tramitación es de 15 días naturales (este plazo puede sufrir retrasos dependiendo de la solicitud).
En orden a prevenir retrasos en los plazos de tramitación, las solicitudes deben ser presentadas, por lo menos, 15 días antes de la fecha prevista para el inicio del viaje.
Por favor, advierta que si la solicitud se presenta en un centro satélite, ésta podría llegar a Jerusalén en 48-72 horas. Las solicitudes recibidas desde los centros satélites son enviadas a la Embajada o Consulado el día natural siguiente al de recepción
Los plazos de tramitación comienzan a contar a partir del día siguiente al de la entrega de la solicitud en BLS International Services.
Aquellos solicitantes que entreguen la solicitud con plazos de tramitación cortos habrán de rellenar una Declaración
Solicitud de Visado (en español)
Todas las solicitudes presentadas en el Centro de Solicitud de Visados deben utilizar solamente los formularios de solicitud en inglés o español.
Formulario de Declaración Jurada
Advertencia:
Los formularios se encuentran en formato PDF.
Necesita Adobe Acrobat Reader para ver y descargarse los formularios.
Para descargarse la solicitud:
o